Escrito por: Ma. Camila Rojas Pinto
El mundo es el resultado de la
interacción de muchos opuestos en búsqueda de armonía. Para cada día, está la
noche y así, están también la luna y el sol. Dos opuestos que se necesitan de
manera intrínseca, para mantener la balanza sobre el funcionamiento del
planeta. Aunque esta balanza parece en un plano muy biológico, todo lo relacionado
con el ser humano se confronta y necesita de fuerzas opuestas, que, aunque
parecen contrarias, le otorgan equilibrio.
La necesidad de la complementariedad
no tiene que venir directamente de fuerzas opuestas, pues muchas veces estos
“contrarios” se relacionan con el principio de acción – reacción. Un ejemplo
podría ser la relación que tienen los derechos con los deberes en el ser humano.
Muchas veces las personas olvidan el hecho de que por cada uno de los derechos
que adquieren tienen un deber que cumplir, y son estas situaciones las que
llevan al mundo a ser egoísta y que las personas se excusen de sus deberes
utilizando a los derechos. Pues al fin y al cabo los derechos son unos
beneficios mundiales, intrínsecos de cada ser humano, que son legales desde el
momento que se convierten en personas. Pero, ¿Cuándo se adquieren los deberes?
Un caso que llamó mucho mi atención,
luego de ver el programa de “Cuatro caminos” del canal RCN presentado por
Felipe Arias y Gloria Lozano el día 3 de septiembre de 2017. Cuentan como una
niña de 11 años, llamada Alejandra
Lineros Goubert muere por una “Negligencia médica” donde confunden una
gastroenteritis con una diabetes. En el documental, la madre de la niña narra
como el Dr. Andrés Eduardo Carvajal “Desestimaba todo lo que yo le decía, pues
afirmaba que las madres somos muy exageradas” contaba en una entrevista con
Claudia.
Ahondando
un poco en la “negligencia médica” que provoco la muerte de esta niña, me di
cuenta que no era más que una forma taquillera para nombrar la falta de
compromiso del médico para con sus deberes como personal de la salud. Pues
dentro de los que se relacionan con el caso, y que están estipulados por el
congreso de Colombia, en su capítulo sobre las normas en materia de éticamédica del 27 de febrero de 1981. Se encuentran los siguientes estatutos:
ARTÍCULO 10. El médico dedicará a su paciente
el tiempo necesario para hacer una evaluación adecuada de su salud e indicar
los exámenes indispensables para precisar el diagnóstico y prescribir la
terapéutica correspondiente.
PARAGRÁFO. El médico no exigirá al paciente
exámenes innecesarios, ni lo someterá a tratamientos médicos o quirúrgicos que
no se justifiquen.
ARTÍCULO 11. La actitud del médico ante el
paciente será siempre de apoyo. Evitará todo comentario que despierte su
preocupación, y no hará pronósticos de la enfermedad sin las suficientes bases
científicas.
ARTÍCULO 12. El médico solamente empleará
medios diagnósticos o terapéuticos debidamente aceptados por las instituciones
científicas legalmente reconocidas.
PARAGRÁFO. Si en circunstancias
excepcionalmente graves un procedimiento experimental se ofrece como la única
posibilidad de salvación, éste podrá utilizarse con la autorización del
paciente o sus familiares responsables y si fuere posible, por acuerdo en junta
médica.
Estos fundamentos se basan en el
ejercicio de la relación médico-paciente, Pues se busca que el paciente se
sienta acogido y correspondido con su naturaleza como ser humano.
Asi, el paciente
juzgará más a su médico por su trato amable, su seguridad, su sinceridad, ya
que saldrá tranquilo y reconfortado de su consulta, por lo tanto aliviado y
tendrá confianza en él, aunque tal vez existan otras más experimentados.
Sentirá que sus objetivos fueron logrados” (Rodríguez, 2008)
Pues
en esta relación, como en todas las relaciones interpersonales, priman los
derechos humanos y buscan el bienestar de ambas partes. Pero para su correcto
funcionamiento existen los deberes, que se encargan de responsabilizar a las
personas de cada uno de los derechos que tienen.
Si se hace un seguimiento con respecto
al actuar del médico, se puede llegar a la conclusión, que al médico poco o
nada le importa corresponder con sus deberes como profesional, pues su actuar como
funcionario de la salud fue paupérrima. Dentro de los deberes que se mencionan,
está el de elaborar un expediente médico completo. Para cumplir con éste, el
médico debe profundizar en cada uno de los síntomas y signos del paciente. Cuenta
con recursos como: la anamnesis,
detallada y concreta que busca identificar los posibles grupos del riesgo del
paciente; diferentes exámenes clínicos y paraclínicos.
Como se puede observar en el
documental, el Dr. Carvajal asumió los síntomas como algo “rutinario” y
diagnosticó a la ligera. Olvidando el hecho de que el médico se tiene que
comprometer con su diagnóstico, por lo que el fundamento de su actuar deben ser
las bases científicas y apoyo clínico. Para de esta manera proceder solo con
facultad y sus conocimientos, tal y como lo establecen sus deberes como médico.
El ignorar el hecho de que la niña
siguió enferma después de su primer día de tratamiento, debió alertarlo de que
su impresión diagnostica no era correcta y que debía de comprometerse con
Alejandra para que ella como paciente saliera adelante. Pues, aunque sus padres
estaban con cumpliendo con su papel de brindarle la atención necesaria y
cumplir con las indicaciones del médico, no era suficiente. Laura necesitaba de
un médico comprometido con sus deberes, lastimosamente ese médico no era el Dr.
Carvajal.
Desde el día de los hechos, la mayoría
de los medios de comunicación del país han tratado el tema, pero dentro de los
que consulté, no encontré ninguna declaración donde el Dr. Asumiera su falta de
compromiso o que aceptara que había fallado con sus deberes.
Los derechos y los deberes existen
porque se necesitan en una unión esenciada entre ambos. Pues no se puede
concebir el uno sin el otro, se requieren mutuamente para que funcionen en
equilibrio. Es cierto que todos adquirimos nuestros derechos por la sencilla
razón de que somos seres humanos. Sin embargo, muchas veces olvidamos el hecho
de que nuestros deberes buscan respetar y contribuir al cuidado de los derechos
de las personas que nos rodean.
Laura tenía derecho a vivir, pero por
una “negligencia” médica lo perdió. Pues su médico tratante olvido cuales deberes
había adquirido como profesional y rompió el equilibrio entre los derechos y
deberes.
Para finalizar me gustaría dejarles
esta infografía basada en un estudio de la universidad de John Hopkins, donde
se muestra cuáles son las principales muertes de Estados Unidos. Los resultados
muestran que una de las principales causas son los errores médicos.
Referencias:
¿Negligencia?. (2017). [video] Bogotá, Colombia.: RCN.
Díaz,
G. (2017). LEY 23 DE 1981 - Código de Etica Médica. [online]
Available at: http://www.gonzalodiaz.net/l100/ley100/texto_ley23de1981.shtml
[Accessed 8 Oct. 2017].
Rodriguez
Arce, M. (2008). Relación Médico-Paciente. [ebook] La Habanna:
EcMed, p.Pg 33. Available at:
http://newpsi.bvs-psi.org.br/ebooks2010/en/Acervo_files/Relacion_medico-paciente.pdf
[Accessed 8 Oct. 2017].
Excelente tu entrada Camila. El tema es muy interesante y desde su óptica me parece oportuno de tratar.
ResponderEliminarDe otro lado, te recuerdo que las citas textuales deben llevar la página según APA....